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Protegió «Patrimonio natural» ([Editar=Solo administradores] (indefinido) [Trasladar=Solo administradores] (indefinido)) [en cascada]
- Las áreas protegidas por instrumentos internacionales. Son espacios naturales formalmente designados de conformidad con lo dispuesto en los convenios y acuerdos internacionales de los que España sea parte: sitios naturales de la lista del Patrimonio Mundial, Cultural y Natural; áreas protegidas del Convenio para la protección del medio ambiente marino del Atlántico del nordeste (OSPAR); Zonas Especialmente Protegidas de Importancia para el Mediterráneo (ZEPIM); geoparques; Reservas de la Biosfera; Humedales de Importancia Internacional (Convenio Ramsar); y Reservas Biogenéticas.
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[[Archivo:Río Valdeinfierno, en el Parque Nacional de Sierra Nevada.jpg|thumb|248px|''Imagen de Río del río Valdeinfierno, en el Parque Nacional de Sierra Nevada'']]
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[[Archivo:Cernícalo canario (Falco tinnunculus ssp. canariensis).jpg|thumb|''Imagen de Cernícalo cernícalo canario'' (Falco tinnunculus ssp. canariensis)]]
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'''Procedimiento de declaración'''
[[Archivo:Lago Enol, de origen glaciar, Asturias.jpg|thumb|left|''Imagen del Lago lago Enol, de origen glaciar, Asturias'']]
El procedimiento de designación de los espacios que integran la Red Natura 2000 difiere en función de si son LIC o ZEPA; en este último caso el proceso es más sencillo, y siempre se han de declarar por motivos estrictamente científicos. En ambos casos, son las comunidades autónomas las encargadas de elaborar las propuestas, salvo en el caso de los espacios marinos en los que la responsabilidad de su designación es de la Administración central.
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