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Discusión:Hacienda pública

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Por último, la representación del desglose de los recursos o ingresos de que dispone cada comunidad autónoma en el mapa ''[[:Archivo:Espana Presupuestos-consolidados-de-las-comunidades-autonomas 2014 mapa 14242 spa.jpg|Presupuestos consolidados de las comunidades autónomas]]'' muestra la diversidad regional de fórmulas concretas de financiación. La Constitución establece que tales recursos están formados por los impuestos total o parcialmente cedidos por el gobierno central (más los recargos que establezcan sobre los impuestos del Estado), la participación en los ingresos de este (contabilizada en el mapa como transferencias corrientes), sus propios impuestos y tasas, las transferencias del Fondo de Compensación Interterritorial para gastos de inversión y, finalmente, los rendimientos obtenidos gracias a su patrimonio, a lo que se suman las operaciones de crédito y la emisión de deuda.
El mapa refleja que la combinación de estas fuentes de ingresos es heterogénea. Las comunidades de régimen foral se nutren principalmente de los tributos que recaudan, directamente en el caso de Navarra, e indirectamente en el del País Vasco, cuyo presupuesto autonómico se nutre mayoritariamente de las transferencias recibidas desde las tres diputaciones forales, que son los órganos que gozan de la potestad de recaudar los tributos. Dentro de las comunidades de régimen común, debe destacarse la desigual contribución de los impuestos (directos, indirectos, más las tasas), a la financiación del presupuesto.<br>
{{ANEAutoria|Autores=Juan Miguel Albertos Puebla, José Luis Sánchez Hernández}}

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