Diferencia entre revisiones de «Sistema Cartográfico Nacional»

De Atlas Nacional de España
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{{ANEEtiqueta
 
{{ANEEtiqueta
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|palabrasclave= información geográfica, Sistema Cartográfico Nacional, Plan Cartográfico Nacional, Consejo Superior Geográfico, Registro Central de Cartografía, INSPIRE, LISIGE, Equipamiento Geográfico de Referencia Nacional, Sistema de Referencia Geodésico, Sistema Oficial de Coordenadas, Nomenclátor Geográfico Básico de España, Infraestructura de Datos Espaciales de España
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|descripcion= Información sobre el Sistema Cartográfico Nacional (SCN), del Consejo Superior Geográfico y del Plan Cartográfico Nacional
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|url= https://atlasnacional.ign.es/images/d/d7/Espana_Consejo-Superior-Geografico_2017_ilustracion_16741_spa.jpg
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}}
  
|palabrasclave=Legislación, cartografía, información geográfica, Sistema Cartográfico Nacional, Plan Cartográfico Nacional, Consejo Superior Geográfico, Registro Central de Cartografía, INSPIRE, LISIGE, Equipamiento Geográfico de Referencia Nacional, Sistema de Referencia Geodésico, Sistema Oficial de Coordenadas, Nomenclátor Geográfico Básico de España, Infraestructura de Información Geográfica, Infraestructura de Datos Espaciales de España, IDEE
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|Serie=Compendios del Atlas Nacional de España
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|descripcion=Información sobre el Sistema Cartográfico Nacional (SCN), del Consejo Superior Geográfico y del Plan Cartográfico Nacional elaborada por el Atlas Nacional de España.
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|url=http://atlasnacional.ign.es/images/thumb/9/97/Espana Instrumentos-del-Sistema-Cartografico-Nacional 2017 ilustracion 16740 spa.jpg/320px-Espana Instrumentos-del-Sistema-Cartografico-Nacional 2017 ilustracion 16740 spa.jpg
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|nombre subtema=[[Evolución de la representación cartográfica de España]]
}} {{ANEObra|Serie=Compendios del Atlas Nacional de España|Logo=[[Archivo:Logo_Compendio.jpg|left|60x50px|link=]]|Título=España en mapas|Subtítulo=Una síntesis geográfica|Año=2019|Contenido=}}
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{{ANENavegacionSubtemaSiguiente
{{ANENavegacionSubcapitulo|seccion=[[Conocimiento_geográfico_y_cartografía|Conocimiento geográfico y cartografía]]|capitulo=[[Representación_cartográfica_del_conocimiento_geográfico|Representación cartográfica del conocimiento geográfico]]|subcapitulo=Sistema Cartográfico Nacional}}
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|nombre subtema=[[Instituto Geográfico Nacional]]
[[Archivo:Espana Instrumentos-del-Sistema-Cartografico-Nacional 2017 ilustracion 16740 spa.jpg|right|thumb|none|300px|Ilustración de los instrumentos del Sistema Cartográfico Nacional. 2017. España.]]
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}}
El [http://www.scne.es/inicio.html Sistema Cartográfico Nacional] (SCN) es el modelo de actuación coordinada en materia de información geográfica de los diferentes agentes de todas las administraciones públicas con competencias en dicha materia. Se pretende un ejercicio más eficaz y eficiente de estas funciones públicas. Fue establecido por el artículo 17.1 de la [https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2010-10707 Ley 14/2010 sobre las infraestructuras y los servicios de información geográfica en España], siguiendo los postulados de la [https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1986-2383 Ley 7/1986, de ordenación de la cartografía], y fue desarrollado por el [https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2007-20556 Real Decreto 1545/2007] que establece su regulación.
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<div style="clear: both;"> </div>
  
El SCN asegura que toda la actividad cartográfica oficial pueda realizarse con criterios homogéneos, a través de una colaboración normalizada conforme a las directrices de la Unión Europea, en especial la Directiva [https://inspire.ec.europa.eu/ INSPIRE], de manera que el producto resultante sea útil para todos los miembros del SCN y de la Unión Europea.
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[[Archivo:Sin-area-definida_Instrumentos-del-Sistema-Cartografico-Nacional_2025_ilustracion_16740_spa.jpg|left|thumb|300px|Ilustración: Instrumentos del Sistema Cartográfico Nacional. 2025.]]
  
El proceso de elaboración de la normativa que regula el SCN requirió un acuerdo pleno entre la Administración General del Estado y las administraciones autonómicas. Las directrices establecidas en dicha regulación son obligatorias para todos los agentes de la Administración General del Estado, mientras que las comunidades autónomas pueden participar libremente en el SCN mediante la firma de un convenio de integración en el que se especifican los contenidos del Real Decreto regulador del SCN que les resultan aplicables.
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El Sistema Cartográfico Nacional (SCN) es un modelo de actuación que permite el ejercicio eficaz de las funciones públicas relacionadas con la información geográfica, a través de la coordinación entre las distintas Administraciones públicas (AA. PP.) competentes en esta materia. Los principales objetivos del SCN son: garantizar la homogeneidad de la información geográfica producida por los organismos públicos integrados en el sistema; promover la eficiencia en el uso de los recursos públicos, evitando duplicidades y dispersión de esfuerzos entre las AA. PP.; asegurar la calidad de la producción cartográfica oficial y facilitar el acceso público a la información geográfica producida por las AA. PP. El SCN se regula inicialmente en el Real Decreto 1545/2007, de 23 de noviembre, y se refuerza jurídicamente mediante la Ley 14/2010 (LISIGE), que establece el marco legal para las infraestructuras de información geográfica.<br>
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Forman parte del SCN las entidades de la Administración General del Estado y del sector público estatal con competencias en la recogida, almacenamiento, tratamiento o difusión de la información geográfica. Por tanto, la normativa del SCN es vinculante para estas entidades. Además, pueden integrarse de forma voluntaria en el SCN, mediante convenios, las entidades correspondientes de las comunidades autónomas, las ciudades con Estatuto de Autonomía y otras entidades locales. Desde su entrada en vigor, todas las comunidades autónomas, excepto Cataluña, se han integrado voluntariamente en el SCN, situación que se mantiene hasta 2025.<br>
  
En la [[:Archivo:Espana Instrumentos-del-Sistema-Cartografico-Nacional 2017 ilustracion 16740 spa.jpg|ilustración]] se relacionan los instrumentos del SCN establecidos en dicha normativa. Se mencionan a continuación algunas de las cuestiones más relevantes para cada uno de ellos.{{ANETextoAsociado|titulo=Consejo Superior Geográfico
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{{ANETextoAsociado
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|titulo=Consejo Superior Geográfico
 
|contenido=
 
|contenido=
[[Archivo:Espana Consejo-Superior-Geografico 2017 ilustracion 16741 spa.jpg|left|thumb|300px|Ilustración del Consejo Superior Geográfico. 2017. España.]]El [http://www.ign.es/web/info-organos-colegiados Consejo Superior Geográfico] (CSG) es el órgano de dirección del Sistema Cartográfico Nacional (SCN). Depende del [https://www.fomento.gob.es/geoinformacion Ministerio de Fomento] y ejerce la función consultiva y de planificación de la información geográfica y la cartografía oficial.
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[[Archivo:Sin-area-definida_Consejo-Superior-Geografico_2025_ilustracion_16741_spa.jpg|right|thumb|300px|Ilustración: Consejo Superior Geográfico. 2025.]]
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Es el órgano colegiado de dirección del Sisterma Cartográfico Nacional (SCN), adscrito al Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, que ejerce la función consultiva y de planificación general de la información geográfica y la cartografía oficial. Entre otras funciones tiene las de:<br>
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*Informar las disposiciones que afecten al SCN.<br>
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*Proponer el Plan Cartográfico Nacional para su elevación al Consejo de Ministros.<br>
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*Establecer los criterios de idoneidad de los productos y servicios cartográficos oficiales.<br>
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*Proponer las normas de ejecución de la cartografía de las series nacionales.<br>
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*Conciliar los posibles conflictos que surjan entre las Administraciones públicas integradas en el SCN.<br>
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El Consejo Superior Geográfico está constituido por el Pleno, la Comisión Territorial (órgano de representación de las comunidades autónomas y la administración local), la Comisión Permanente con las Comisiones Especializadas (compuestas por expertos en las materias específicas de cada una de ellas), la Secretaría Técnica (ejercida por el IGN) y el Consejo Directivo de la Infraestructura de Información Geográfica de España definido en la LISIGE.<br>
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El [https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2007-20556 Real Decreto 1545/2007, de 23 de noviembre, por el que se regula el SCN], ha actualizado su regulación y funcionamiento otorgándole capacidad para fijar los requisitos y especificaciones técnicas de idoneidad o criterios de homologación que deba satisfacer toda la producción cartográfica oficial; dirigir, controlar y potenciar el desarrollo de la Infraestructura de Información Geográfica; autorizar producciones distintas a las asignadas en el seno del SCN y arbitrar posibles conflictos entre sus integrantes, con destacada participación de las comunidades autónomas.
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Para el cumplimiento de sus objetivos, el SCN dispone del '''Equipamiento Geográfico de Referencia Nacional''', que es la base para la producción de la información geográfica oficial en España, independientemente del productor y de la escala de referencia. Dicho equipamiento está constituido por los siguientes elementos:<br>
  
El CSG se estructura según el esquema adjunto. El [https://www.fomento.es/organos-colegiados/mas-organos-colegiados/consejo-superior-geografico/csg/el-pleno Pleno] está constituido por diversos miembros que acuden en representación de la Administración General del Estado, de las comunidades autónomas, ciudades con estatuto de autonomía y de las entidades locales. Estas tres últimas administraciones constituyen a su vez la [https://www.fomento.es/organos-colegiados/mas-organos-colegiados/consejo-superior-geografico/csg/la-comision-territorial Comisión Territorial]. El Pleno cuenta con un Comité Consultivo constituido por miembros procedentes de relevantes instituciones nacionales e internacionales en el ámbito de la cartografía.
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*'''Sistema de Referencia Geodésico:''' regulado por el Real Decreto 1071/2007, de 27 de julio. Adopta el sistema ETRS89 (''European Terrestrial Reference System 1989'') como sistema de referencia geodésico oficial en España para la península ibérica y Baleares, y el sistema REGCAN 95 (Red Geodésica de Canarias 1995) para Canarias. La referencia de altitudes para la Península es el nivel medio del mar en Alicante, y para las islas Canarias y las islas Baleares, las referencias mareográficas locales correspondientes a cada isla.<br>
}}
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*'''Sistema Oficial de Coordenadas:''' se adopta el sistema ETRS-Transversa de Mercator para escalas mayores de 1:500&nbsp;000, y el sistema ETRS-Cónica Conforme de Lambert para escalas menores o iguales a 1:500&nbsp;000.<br>
{{ANESubirArriba}}
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*'''Nomenclátor Geográfico Básico de España (NGBE):''' conformado por la toponimia oficial a escala de referencia 1:25&nbsp;000.<br>
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*'''Delimitaciones Territoriales inscritas en el Registro Central de Cartografía:''' incluye límites municipales, provinciales y autonómicos, fronteras nacionales terrestres y marítimas, línea de costa, líneas de base rectas, límites de la plataforma continental y límites del dominio público marítimo-terrestre.<br>
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*'''Inventario Nacional de Referencias Geográficas Municipales:''' recoge la situación geográfica de cada entidad contenida en el Registro de Entidades Locales.<br>
  
{{ANETextoDestacado25|titulo=Legislación en vigor sobre cartografía e información geográfica
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{{ANETextoDestacado
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|titulo=Legislación de ámbito estatal vigente en 2025 sobre cartografía e información geográfica
 
|contenido=
 
|contenido=
<b style="background-color:#ffe3b2"><big>1986</big></b> <u>[https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1986-2383 Ley 7/1986, de 24 de enero, de Ordenación de la Cartografía.]</u>
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<b style="background-color:#ffe3b2">1986</b> <u>[https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1986-2383 Ley 7/1986, de 24 de enero, de Ordenación de la Cartografía]</u>. Se crean el Registro Central de Cartografía y el Plan Cartográfico Nacional, y se delimitan el carácter y funciones del Consejo Superior Geográfico<br>
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<b style="background-color:#ffe3b2">2007</b> <u>[https://www.lamoncloa.gob.es/consejodeministros/referencias/Paginas/2017/refc20170721.aspx#PlanCarto Real Decreto 1071/2007, de 27 de julio]</u>, por el que se regula el sistema geodésico de referencia oficial en España. Establece los sistemas oficiales de referencia geodésico y altimétrico en España.<br>
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<b style="background-color:#ffe3b2">2007</b> <u>[https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2007-20556 Real Decreto 1545/2007, de 23 de noviembre, por el que se regula el Sistema Cartográfico Nacional]</u>. Regula las actividades de recogida, almacenamiento, tratamiento y difusión de información geográfica sobre el territorio nacional y su mar territorial, la zona contigua, la plataforma continental y la zona económica exclusiva, realizadas por las autoridades públicas a través del Sistema Cartográfico Nacional.<br>
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<b style="background-color:#ffe3b2">2010</b> <u>[https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2010-10707 Ley 14/2010, de 5 de julio, sobre las infraestructuras y los servicios de información geográfica en España (LISIGE)]</u>. Incorpora al ordenamiento jurídico español la Directiva 2007/2/CE (INSPIRE) estableciendo la Infraestructura de Información Geográfica de España, que integra el conjunto de infraestructuras y servicios interoperables de información geográfica bajo responsabilidad de las Administraciones públicas españolas.<br>
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}}
  
Se crean el [http://www.ign.es/web/ign/portal/rcc-area-rcc Registro Central de Cartografía] y el [http://www.ign.es/web/info-organos-colegiados Plan Cartográfico Nacional], y se delimitan el carácter y funciones del Consejo Superior Geográfico.
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{{ANEAutoria
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|Autores=Marcos Pavo López}}
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{{ANESubirArriba}}
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{{clear}}
  
<b style="background-color:#ffe3b2"><big>2007</big></b> <u>[https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2007-20556 Real Decreto 1545/2007, de 23 de noviembre, por el que se regula el Sistema Cartográfico Nacional.]</u>
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{{ANETextoEpigrafe
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|epigrafe=Planes de producción de cartografía oficial
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}}
  
Regula las actividades de recogida, almacenamiento, tratamiento y difusión de información geográfica sobre el territorio nacional y su mar territorial, la zona contigua, la plataforma continental y la zona económica exclusiva, realizadas por las autoridades públicas a través del Sistema Cartográfico Nacional.
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El Plan Cartográfico Nacional (PCN) es el instrumento que planifica la producción cartográfica oficial de la Administración General del Estado, en coordinación con los planes cartográficos autonómicos y locales. Su realización compete al Consejo Superior Geográfico (CSG), a través de la Comisión Especializada del Plan Cartográfico Nacional, previa consulta con los productores de cartografía oficial. Además, integra los distintos programas dentro del SCN.<br>
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El objetivo principal es garantizar la producción y actualización de la Información Geográfica de Referencia y los Datos Temáticos Fundamentales, armonizando la información generada por las administraciones estatal, autonómica y local según la LISIGE. También busca asegurar el acceso a esta información a través de servicios de información geográfica interoperables. Además, prevé la creación de bases de datos topográficas y cartográficas y la planificación de la cartografía necesaria para la Administración General del Estado.<br>
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Los planes cartográficos autonómicos o locales, de las entidades integradas en el Sistema Cartográfico Nacional, deben estar coordinados con el PCN, para garantizar la coherencia y compatibilidad de la información geográfica. Esta integración permite un desarrollo armonizado de la producción cartográfica en todo el territorio nacional.<br>
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El PCN tiene una vigencia de cuatro años, aunque puede revisarse antes si es necesario. Se desarrolla a través de Programas Operativos Anuales y es aprobado por el Consejo de Ministros a propuesta del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible y del Consejo Superior Geográfico. La Comisión Especializada del PCN coordina su elaboración y revisión en colaboración con las administraciones autonómicas y locales.<br>
 +
No se incluye en el PCN aquella cartografía ya inscrita en el Registro Central de Cartografía, salvo que requiera actualización, revisión o el titular haya denegado su uso. Por otro lado, el Plan Cartográfico de las Fuerzas Armadas, elaborado por el Ministerio de Defensa, organiza la cartografía e información geográfica militar conforme a su normativa específica y en coordinación con el PCN.<br>
  
<b style="background-color:#ffe3b2"><big>2010</big></b> <u>[https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2010-10707 Ley 14/2010, de 5 de julio, sobre las infraestructuras y los servicios de información geográfica de España (LISIGE).]</u>
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{{ANEAutoria
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|Autores=Marcos Pavo López}}
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{{ANESubirArriba}}
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{{clear}}
  
Incorpora al ordenamiento jurídico español la [https://boe.es/buscar/doc.php?id=DOUE-L-2007-80587 Directiva 2007/2/CE (INSPIRE)] estableciendo la Infraestructura de Información Geográfica de España, que integra el conjunto de infraestructuras y servicios interoperables de información geográfica bajo responsabilidad de las administraciones públicas españolas.
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{{ANETextoEpigrafe
 
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|epigrafe=Registro Central de Cartografía
<b style="background-color:#ffe3b2"><big>2017</big></b> <u>[http://www.lamoncloa.gob.es/consejodeministros/referencias/Paginas/2017/refc20170721.aspx#PlanCarto Acuerdo del Consejo de Ministros, de 21 de junio, por el que se aprueba el segundo Plan Cartográfico Nacional 2017-2020]</u>
 
 
 
Ordena la actividad de la Administración General del Estado en materia de información geográfica y cartográfica.
 
 
}}
 
}}
* <u>'''[https://www.boe.es/buscar/pdf/2010/BOE-A-2010-10707-consolidado.pdf Equipamiento Geográfico de Referencia Nacional]'''</u>
 
  
Es la base para la producción de la información geográfica oficial en España, independientemente del agente productor y de la escala de referencia de la información geográfica. Está constituido por los siguientes elementos:
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Es un registro gestionado por la Dirección General del Instituto Geográfico Nacional. Su principal función es garantizar la fiabilidad e interoperabilidad de los datos geográficos oficiales, facilitando su uso y acceso en distintos ámbitos administrativos y científicos.<br>
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Entre sus competencias se encuentran la inscripción de la cartografía oficial, la validación de las delimitaciones territoriales y la gestión del [https://www.ign.es/web/rcc-nomenclator-nacional Nomenclátor Geográfico Nacional]. Además, recopila, normaliza y difunde la toponimia oficial, asegurando la coherencia en la denominación de lugares y territorios.<br>
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Como parte del Sistema Cartográfico Nacional (SCN), el RCC actúa como un instrumento de coordinación entre administraciones, promoviendo la armonización de la información geográfica y evitando duplicidades en la producción cartográfica. Supervisa la actualización de los datos registrados y facilita su acceso mediante servicios digitales interoperables.<br>
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Asimismo, la inscripción en el RCC otorga validez oficial a la cartografía, garantizando su reconocimiento en procesos administrativos y legales. De esta manera, contribuye a la gestión eficiente del territorio y al desarrollo de políticas basadas en información geográfica fiable y actualizada.<br>
  
-  [https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2007-15822 Sistema de Referencia Geodésico]
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{{ANEAutoria
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|Autores=Marcos Pavo López}}
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-  Sistema Oficial de Coordenadas
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{{ANETextoEpigrafe
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|epigrafe=Infraestructura de Información Geográfica de España
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}}
  
[http://www.ign.es/web/rcc-nomenclator-nacional Nomenclátor Geográfico Básico de España]
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La Infraestructura Nacional de Información Geográfica se establece mediante la Ley 14/2010 (LISIGE), que define los principios y requisitos para su creación, funcionamiento y mantenimiento. Su objetivo es garantizar la accesibilidad, interoperabilidad y uso eficiente de la información geoespacial en la gestión del territorio y la toma de decisiones.<br>
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Se materializa en la Infraestructura de Datos Espaciales de España (IDEE), que integra toda la información geográfica oficial disponible. Esto incluye tanto el ámbito terrestre como el mar territorial, la zona contigua, la plataforma continental y la zona económica exclusiva. La IDEE agrupa datos de todas las AA. PP., asegurando su coherencia y compatibilidad a nivel nacional e internacional.<br>
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Uno de los pilares fundamentales de esta infraestructura es la interoperabilidad, que permite que los diferentes sistemas informáticos y conjuntos de datos trabajen de manera conjunta, facilitando el acceso y la reutilización de la información. Gracias a esto, administraciones, empresas, investigadores y ciudadanos pueden consultar y utilizar los datos geoespaciales sin restricciones, promoviendo su aplicación en ámbitos como la ordenación del territorio, el medio ambiente, el transporte y la protección civil.<br>
 +
Además, la IDEE cumple con los estándares de la [https://www.ign.es/web/ide-area-nodo-ide-ign Directiva INSPIRE] de la Unión Europea, asegurando que la información geográfica de España sea compatible con la de otros países europeos y fomentando la cooperación en el uso de datos espaciales.<br>
 +
Esta infraestructura es un elemento clave para la modernización de la gestión pública y el desarrollo de servicios digitales basados en información geográfica, favoreciendo una administración más eficiente, transparente y orientada a la ciudadanía.<br>
  
-  [http://www.ign.es/web/rcc-info-delimitaciones Delimitaciones Territoriales inscritas en el Registro Central de Cartografía]
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{{ANEAutoria
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|Autores=Marcos Pavo López}}
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{{ANESubirArriba}}
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{{clear}}
  
-  Inventario Nacional de Referencias Geográficas Municipales
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{{ANEBibliografia
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|Texto=
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BIFOLCO, S. y RONCA, F. (2018) Cartografia e topografia italiana del XVI secolo. Catalogo ragionato delle opere a stampa. Roma. Antiquarius
  
El Sistema de Referencia Geodésico está constituido por las redes nacionales geodésicas y de nivelación. Proporciona la referencia geográfica precisa sobre la que se debe compilar toda la información geográfica y cartográfica oficial en el territorio español y permite una completa integración con la información de otros países europeos y con los sistemas de navegación por satélite. Está regulado por el Real Decreto 1071/2007, de 27 de julio, que adopta el sistema ''[https://www.fomento.gob.es/organos-colegiados/consejo-superior-geografico/csg/etrs89/etrs89-nuevo-sistema-de-referencia-geodesico-oficial-en-espana/ ETRS89] (European Terrestrial Reference System 1989)'' como sistema de referencia geodésico oficial en España para la península ibérica y las islas Baleares, y el sistema REGCAN 95 (Red Geodésica de Canarias 1995) en el ámbito de las islas Canarias. Como referencia de altitudes se prescriben los registros del nivel medio del mar en Alicante para la Península y las referencias mareográficas locales para cada una de las islas de los dos archipiélagos.
+
BROECKE, M. van den (2011). Ortelius Atlas maps: an illustrated Guide. Second revised edition. Houten. Hes & De Graaf, 708 pp.
  
El Sistema Oficial de Coordenadas se compone tanto de las coordenadas geográficas basadas en el Sistema de Referencia Geodésico adoptado como de las coordenadas planas del Sistema de Proyección ''UTM (Universal Tranverse Mercator).'' Para la cartografía oficial terrestre (básica y derivada) se adopta el sistema de coordenadas ''ETRS-''Cónica Conforme de Lambert para escalas iguales o menores de 1:500.000 y el sistema de referencia de coordenadas ''ETRS''-Transversa de Mercator para escalas mayores a la citada. Para cartografía náutica se adopta la proyección Mercator.
+
CASAL, G. y FREIRE, J. (2012): Síntesis de la evolución histórica de la telede¬tección en España 1889-2012. Revista de Teledetección n.º 38, diciembre 2012, Asociación Española de Teledetección, pp. 109-120.  
  
El Inventario Nacional de Referencias Geográficas Municipales reflejará la situación geográfica de cada entidad local contenida en el [https://ssweb.seap.minhap.es/REL/ Registro de Entidades Locales].
+
CRESPO, A. (2013): Los Grandes Proyectos Cartográficos Nacionales en el siglo XVI. La representación del territorio en Castilla y León. Madrid, Centro Na¬cional de Información Geográfica.  
  
* <u>'''Planes de Producción de la Cartografía Oficial'''</u>
+
HERNANDO, A. (1995): El mapa de España. Siglos XV-XVIII. Madrid, Centro Na¬cional de Información Geográfica.
  
Cabe distinguir entre el [https://www.fomento.gob.es/organos-colegiados/consejo-superior-geografico/csg/plan-cartografico-nacional Plan Cartográfico Nacional] (PCN), y otros planes cartográficos específicos de diferentes agentes, tanto de la Administración General del Estado (por ejemplo el Plan Cartográfico de las Fuerzas Armadas) como de las administraciones autonómicas.
+
INSTITUTO GEOGRÁFICO NACIONAL (2021). Catálogo de la exposición «150 años del Instituto Geográfico Nacional». Madrid. Instituto Geográfico Nacional, 156 pp.
  
El PCN es el instrumento de planificación de la producción cartográfica oficial realizada por la Administración General del Estado. El [https://www.fomento.gob.es/organos-colegiados/consejo-superior-geografico/csg Consejo Superior Geográfico] (otro instrumento del SCN) es el órgano colegiado encargado de la coordinación del PCN con los planes y programas de producción cartográfica de todas las administraciones públicas integradas en el SCN.
+
LÓPEZ GÓMEZ, A. y MANSO PORTO, C. (2006): Cartografía del siglo XVIII. To¬más López en la Real Academia de la Historia. Madrid, Real Academia de la Historia.  
  
Las funciones necesarias para la elaboración, seguimiento y evaluación del PCN, la coordinación entre planes, la colaboración y cooperación entre agentes públicos y las necesarias vías de excepción se han contemplado en el SCN para asegurar la eficiencia, utilidad y actualización máximas acompañadas de una política de difusión libre de los productos cartográficos oficiales.
+
MORENO, T. (2008): Breve crónica de un siglo de Catastro en España (1906- 2002). Revista CT Catastro n.º 63, agosto 2008, Dirección General del Ca¬tastro, pp. 31-59.  
  
* <u>'''[http://www.ign.es/web/ic-registro-cartografico Registro Central de Cartografía]'''</u>
+
MURO, J. I, et al., (1996): Geografía, estadística y catastro en España 1856-1870. Barcelona, Ediciones del Serbal.  
  
Es un órgano administrativo que garantiza la fiabilidad e interoperabilidad de los datos geográficos oficiales. Permite la conexión telemática de los registros autonómicos, asegura el conocimiento de las características de la cartografía existente para evitar duplicidades, así como el registro de toda la cartografía oficial, las delimitaciones territoriales y la toponimia de todos los datos recogidos en la información geográfica oficial.
+
NÚÑEZ DE LAS CUEVAS, R. (1991): Historia de la Cartografía española. En: La Cartografía de la Península Ibérica i la seva extensió al continent Americà (2on curs). Barcelona, Institut Cartogràfic de Catalunya, pp. 153-223.  
  
Está adscrito al Ministerio de Fomento, a través del Instituto Geográfico Nacional.
+
PEERLINGS, R. H. J. y LAURENTIUS, F. (2023) Berlinghieri's Geography Unveiled, 420 pp.
  
* <u>'''Infraestructura de Información Geográfica de España'''</u>
+
PEREDA, F. y MARÍAS, F. (2009), eds.: El atlas del Rey Planeta. La descripción de España y de las costas y puertos de sus reinos de Pedro Texeira (1634). 4ª ed., San Sebastián, Nerea.
  
La [https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2010-10707 Ley 14/2010] (LISIGE) establece las normas mínimas para constituir, operar y mantener una Infraestructura de Información Geográfica de España. Se trata de la [http://www.idee.es/ Infraestructura de Datos Espaciales de España] (IDEE) que debe contener toda la información geográfica oficial disponible del país (tanto del ámbito terrestre como del mar territorial, la zona contigua, la plataforma continental y la zona económica exclusiva), independientemente de la administración pública que la produzca, asegurando la interoperabilidad de esa información y sistemas informáticos implicados y el libre acceso a cualquier usuario.
+
REGUERA, A. T. (2010): Los geógrafos del Rey. Universidad de León, 553 pp.  
  
{{ANETextoAsociado|titulo=Plan Cartográfico Nacional (PCN)
+
SANZ HERMIDA, J. M. (2002) El mapa de España moderno del códice 2586 de la Biblioteca General de la Universidad de Salamanca. Actas del XIX Congreso Internacional de Historia de la Cartografía. Madrid. Ministerio de Defensa, 2002.
|contenido=
 
<li style="display: inline-block; vertical-align: text-top; width: 46%">
 
<b>OBJETIVOS</b><br />
 
*Planificar y asegurar la producción y actualización de la Información Geográfica de Referencia y Datos Temáticos Fundamentales, contemplados en la LISIGE, mediante la armonización e integración de la generada por las distintas instituciones, tanto de la Administración General del Estado como de las administraciones autonómicas y entidades locales, en desarrollo de sus competencias, de acuerdo con sus planes cartográficos y acuerdos mutuos de armonización e integración. También pretende asegurar el acceso a esta Información Geográfica de Referencia y Datos Temáticos Fundamentales mediante geoservicios interoperables.<br />
 
  
*Planificar y asegurar la producción y actualización de los Datos Temáticos Generales (LISIGE), para atender las necesidades de la Administración General del Estado, fundamentados y armonizados con la Información Geográfica de Referencia. Asegurar el acceso a estos Datos Temáticos Generales mediante geoservicios interoperables.<br />
+
SANZ HERMIDA, J. M. (2002) El mapa de España de Enrique Cock. Salamanca 1581-1503 Una aventura cartográfica en la España del siglo XVI. Salamanca, Caja Duero, 100 pp.
  
*Planificar y asegurar la producción de las [http://www.ign.es/web/cbg-area-cartografia Bases de Datos Topográficos] (que incorporen e integren los aspectos topográficos de la Información Geográfica de Referencia) y de las [http://www.ign.es/web/cbg-area-cartografia Bases de Datos Cartográficos] derivadas de las anteriores.<br />
+
SKELTON, R. A. (1963) Claudius Ptolemaeus. Cosmographia: Ulm 1482, with an introduction by R. A. Skelton. Ámsterdam. Theatrum Orbis Terrarum.
  
*Planificar la producción de la cartografía, basada en la Información Geográfica de Referencia, en los Datos Temáticos Fundamentales, en los Datos Temáticos Generales o en las Bases de Datos Topográficos, necesarios para las instituciones de la Administración General del Estado.<br />
+
SKELTON, R. A. (1966) Claudius Ptolemaeus. Claudius Ptolemaeus. Geographia. Strassburg 1513. With an introduction by R. A. Skelton. Ámsterdam. Theatrum Orbis Terrarum.
</li>
 
<li style="display: inline-block; vertical-align: text-top; width: 46%">
 
<b>CARACTERÍSTICAS</b><br />
 
*Instrumento para planificar la producción cartográfica oficial realizada por la Administración General del Estado.<br />
 
  
*Aunque su vigencia es cuatrienal, podrá ser revisado cuando se necesite. Se desarrolla en Programas Operativos Anuales.<br />
+
SKELTON, R. A. (1969) Geographia: Venice, 1511. With an introduction by R. A. Skelton. Ámsterdam. Theatrum Orbis Terrarum.
  
*Lo aprueba el Consejo de Ministros, al que es presentado por el ministro de Fomento, a propuesta del Consejo Superior Geográfico.<br />
+
URTEAGA, J. L. y NADAL, F. (2001): Las series del mapa topográfico nacional de Es¬paña a escala 1:50.000. Madrid, Centro Nacional de Información Geográfica.
  
*La Comisión Especializada del PCN del Consejo Superior Geográfico, previa consulta con los productores de cartografía oficial, elabora la propuesta de aprobación o revisión del Plan. Se elabora normalizando los criterios de producción de la información geográfica oficial, en coordinación con las administraciones autonómicas y locales integradas en el SCN. Por ello, la Comisión Territorial informará también sobre dicha propuesta, y luego la Comisión Permanente la presentará al Pleno.<br />
+
}}
  
*No podrá incluirse en el Plan la producción de cartografía ya inscrita en el Registro Central de Cartografía, salvo que esta no reúna las necesarias condiciones de actualización, se pretenda su revisión o su titular haya denegado expresamente el permiso para su empleo.<br />
+
{{ANESubirArriba}}
  
*El Plan Cartográfico de las Fuerzas Armadas incluirá la planificación de la cartografía e información geográfica militar y será elaborado por el Ministerio de Defensa conforme a su normativa específica, tomando en consideración el PCN.<br />
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|nombre subtema=[[Evolución de la representación cartográfica de España]]
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Revisión actual del 12:09 23 oct 2025



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España en mapas. Una síntesis geográfica

Compendios del Atlas Nacional de España. Actualizado


Estructura temática > Conocimiento geográfico y cartografía > Representación cartográfica del conocimiento geográfico > Sistema Cartográfico Nacional


Evolución de la representación cartográfica de España

Instituto Geográfico Nacional

Ilustración: Instrumentos del Sistema Cartográfico Nacional. 2025.

El Sistema Cartográfico Nacional (SCN) es un modelo de actuación que permite el ejercicio eficaz de las funciones públicas relacionadas con la información geográfica, a través de la coordinación entre las distintas Administraciones públicas (AA. PP.) competentes en esta materia. Los principales objetivos del SCN son: garantizar la homogeneidad de la información geográfica producida por los organismos públicos integrados en el sistema; promover la eficiencia en el uso de los recursos públicos, evitando duplicidades y dispersión de esfuerzos entre las AA. PP.; asegurar la calidad de la producción cartográfica oficial y facilitar el acceso público a la información geográfica producida por las AA. PP. El SCN se regula inicialmente en el Real Decreto 1545/2007, de 23 de noviembre, y se refuerza jurídicamente mediante la Ley 14/2010 (LISIGE), que establece el marco legal para las infraestructuras de información geográfica.
Forman parte del SCN las entidades de la Administración General del Estado y del sector público estatal con competencias en la recogida, almacenamiento, tratamiento o difusión de la información geográfica. Por tanto, la normativa del SCN es vinculante para estas entidades. Además, pueden integrarse de forma voluntaria en el SCN, mediante convenios, las entidades correspondientes de las comunidades autónomas, las ciudades con Estatuto de Autonomía y otras entidades locales. Desde su entrada en vigor, todas las comunidades autónomas, excepto Cataluña, se han integrado voluntariamente en el SCN, situación que se mantiene hasta 2025.



Consejo Superior Geográfico
Ilustración: Consejo Superior Geográfico. 2025.

Es el órgano colegiado de dirección del Sisterma Cartográfico Nacional (SCN), adscrito al Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, que ejerce la función consultiva y de planificación general de la información geográfica y la cartografía oficial. Entre otras funciones tiene las de:

  • Informar las disposiciones que afecten al SCN.
  • Proponer el Plan Cartográfico Nacional para su elevación al Consejo de Ministros.
  • Establecer los criterios de idoneidad de los productos y servicios cartográficos oficiales.
  • Proponer las normas de ejecución de la cartografía de las series nacionales.
  • Conciliar los posibles conflictos que surjan entre las Administraciones públicas integradas en el SCN.

El Consejo Superior Geográfico está constituido por el Pleno, la Comisión Territorial (órgano de representación de las comunidades autónomas y la administración local), la Comisión Permanente con las Comisiones Especializadas (compuestas por expertos en las materias específicas de cada una de ellas), la Secretaría Técnica (ejercida por el IGN) y el Consejo Directivo de la Infraestructura de Información Geográfica de España definido en la LISIGE.

Para el cumplimiento de sus objetivos, el SCN dispone del Equipamiento Geográfico de Referencia Nacional, que es la base para la producción de la información geográfica oficial en España, independientemente del productor y de la escala de referencia. Dicho equipamiento está constituido por los siguientes elementos:

  • Sistema de Referencia Geodésico: regulado por el Real Decreto 1071/2007, de 27 de julio. Adopta el sistema ETRS89 (European Terrestrial Reference System 1989) como sistema de referencia geodésico oficial en España para la península ibérica y Baleares, y el sistema REGCAN 95 (Red Geodésica de Canarias 1995) para Canarias. La referencia de altitudes para la Península es el nivel medio del mar en Alicante, y para las islas Canarias y las islas Baleares, las referencias mareográficas locales correspondientes a cada isla.
  • Sistema Oficial de Coordenadas: se adopta el sistema ETRS-Transversa de Mercator para escalas mayores de 1:500 000, y el sistema ETRS-Cónica Conforme de Lambert para escalas menores o iguales a 1:500 000.
  • Nomenclátor Geográfico Básico de España (NGBE): conformado por la toponimia oficial a escala de referencia 1:25 000.
  • Delimitaciones Territoriales inscritas en el Registro Central de Cartografía: incluye límites municipales, provinciales y autonómicos, fronteras nacionales terrestres y marítimas, línea de costa, líneas de base rectas, límites de la plataforma continental y límites del dominio público marítimo-terrestre.
  • Inventario Nacional de Referencias Geográficas Municipales: recoge la situación geográfica de cada entidad contenida en el Registro de Entidades Locales.


Legislación de ámbito estatal vigente en 2025 sobre cartografía e información geográfica

1986 Ley 7/1986, de 24 de enero, de Ordenación de la Cartografía. Se crean el Registro Central de Cartografía y el Plan Cartográfico Nacional, y se delimitan el carácter y funciones del Consejo Superior Geográfico
2007 Real Decreto 1071/2007, de 27 de julio, por el que se regula el sistema geodésico de referencia oficial en España. Establece los sistemas oficiales de referencia geodésico y altimétrico en España.
2007 Real Decreto 1545/2007, de 23 de noviembre, por el que se regula el Sistema Cartográfico Nacional. Regula las actividades de recogida, almacenamiento, tratamiento y difusión de información geográfica sobre el territorio nacional y su mar territorial, la zona contigua, la plataforma continental y la zona económica exclusiva, realizadas por las autoridades públicas a través del Sistema Cartográfico Nacional.
2010 Ley 14/2010, de 5 de julio, sobre las infraestructuras y los servicios de información geográfica en España (LISIGE). Incorpora al ordenamiento jurídico español la Directiva 2007/2/CE (INSPIRE) estableciendo la Infraestructura de Información Geográfica de España, que integra el conjunto de infraestructuras y servicios interoperables de información geográfica bajo responsabilidad de las Administraciones públicas españolas.


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Texto: Marcos Pavo López. Véase la lista de participantes


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Planes de producción de cartografía oficial

El Plan Cartográfico Nacional (PCN) es el instrumento que planifica la producción cartográfica oficial de la Administración General del Estado, en coordinación con los planes cartográficos autonómicos y locales. Su realización compete al Consejo Superior Geográfico (CSG), a través de la Comisión Especializada del Plan Cartográfico Nacional, previa consulta con los productores de cartografía oficial. Además, integra los distintos programas dentro del SCN.
El objetivo principal es garantizar la producción y actualización de la Información Geográfica de Referencia y los Datos Temáticos Fundamentales, armonizando la información generada por las administraciones estatal, autonómica y local según la LISIGE. También busca asegurar el acceso a esta información a través de servicios de información geográfica interoperables. Además, prevé la creación de bases de datos topográficas y cartográficas y la planificación de la cartografía necesaria para la Administración General del Estado.
Los planes cartográficos autonómicos o locales, de las entidades integradas en el Sistema Cartográfico Nacional, deben estar coordinados con el PCN, para garantizar la coherencia y compatibilidad de la información geográfica. Esta integración permite un desarrollo armonizado de la producción cartográfica en todo el territorio nacional.
El PCN tiene una vigencia de cuatro años, aunque puede revisarse antes si es necesario. Se desarrolla a través de Programas Operativos Anuales y es aprobado por el Consejo de Ministros a propuesta del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible y del Consejo Superior Geográfico. La Comisión Especializada del PCN coordina su elaboración y revisión en colaboración con las administraciones autonómicas y locales.
No se incluye en el PCN aquella cartografía ya inscrita en el Registro Central de Cartografía, salvo que requiera actualización, revisión o el titular haya denegado su uso. Por otro lado, el Plan Cartográfico de las Fuerzas Armadas, elaborado por el Ministerio de Defensa, organiza la cartografía e información geográfica militar conforme a su normativa específica y en coordinación con el PCN.


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Texto: Marcos Pavo López. Véase la lista de participantes


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Registro Central de Cartografía

Es un registro gestionado por la Dirección General del Instituto Geográfico Nacional. Su principal función es garantizar la fiabilidad e interoperabilidad de los datos geográficos oficiales, facilitando su uso y acceso en distintos ámbitos administrativos y científicos.
Entre sus competencias se encuentran la inscripción de la cartografía oficial, la validación de las delimitaciones territoriales y la gestión del Nomenclátor Geográfico Nacional. Además, recopila, normaliza y difunde la toponimia oficial, asegurando la coherencia en la denominación de lugares y territorios.
Como parte del Sistema Cartográfico Nacional (SCN), el RCC actúa como un instrumento de coordinación entre administraciones, promoviendo la armonización de la información geográfica y evitando duplicidades en la producción cartográfica. Supervisa la actualización de los datos registrados y facilita su acceso mediante servicios digitales interoperables.
Asimismo, la inscripción en el RCC otorga validez oficial a la cartografía, garantizando su reconocimiento en procesos administrativos y legales. De esta manera, contribuye a la gestión eficiente del territorio y al desarrollo de políticas basadas en información geográfica fiable y actualizada.


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Texto: Marcos Pavo López. Véase la lista de participantes


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Infraestructura de Información Geográfica de España

La Infraestructura Nacional de Información Geográfica se establece mediante la Ley 14/2010 (LISIGE), que define los principios y requisitos para su creación, funcionamiento y mantenimiento. Su objetivo es garantizar la accesibilidad, interoperabilidad y uso eficiente de la información geoespacial en la gestión del territorio y la toma de decisiones.
Se materializa en la Infraestructura de Datos Espaciales de España (IDEE), que integra toda la información geográfica oficial disponible. Esto incluye tanto el ámbito terrestre como el mar territorial, la zona contigua, la plataforma continental y la zona económica exclusiva. La IDEE agrupa datos de todas las AA. PP., asegurando su coherencia y compatibilidad a nivel nacional e internacional.
Uno de los pilares fundamentales de esta infraestructura es la interoperabilidad, que permite que los diferentes sistemas informáticos y conjuntos de datos trabajen de manera conjunta, facilitando el acceso y la reutilización de la información. Gracias a esto, administraciones, empresas, investigadores y ciudadanos pueden consultar y utilizar los datos geoespaciales sin restricciones, promoviendo su aplicación en ámbitos como la ordenación del territorio, el medio ambiente, el transporte y la protección civil.
Además, la IDEE cumple con los estándares de la Directiva INSPIRE de la Unión Europea, asegurando que la información geográfica de España sea compatible con la de otros países europeos y fomentando la cooperación en el uso de datos espaciales.
Esta infraestructura es un elemento clave para la modernización de la gestión pública y el desarrollo de servicios digitales basados en información geográfica, favoreciendo una administración más eficiente, transparente y orientada a la ciudadanía.


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Texto: Marcos Pavo López. Véase la lista de participantes


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Bibliografía

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SKELTON, R. A. (1963) Claudius Ptolemaeus. Cosmographia: Ulm 1482, with an introduction by R. A. Skelton. Ámsterdam. Theatrum Orbis Terrarum.

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SKELTON, R. A. (1969) Geographia: Venice, 1511. With an introduction by R. A. Skelton. Ámsterdam. Theatrum Orbis Terrarum.

URTEAGA, J. L. y NADAL, F. (2001): Las series del mapa topográfico nacional de Es¬paña a escala 1:50.000. Madrid, Centro Nacional de Información Geográfica.


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