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Discusión:Sistema Cartográfico Nacional

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sin resumen de edición
{{ANEEtiqueta
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{{ANEObra|palabrasclaveSerie=Conocimiento geográfico y cartografía, Representación cartográfica del conocimiento geográfico, Sistema Cartográfico Nacional, sección Compendios del Atlas Nacional, sección I, Legislación de España|Logo=[[Archivo:Logo_Compendio.jpg|left|60x50px|link=]]|Título=España en vigor sobre cartografía e información mapas|Subtítulo=Una síntesis geográfica, Plan Cartográfico Nacional (PCN),|Año=2025|Contenido=Actualizado}}
{{ANENavegacionSubcapitulo|seccion=[[Conocimiento_geográfico_y_cartografía|Conocimiento geográfico y cartografía]]|capitulo=[[Representación_cartográfica_del_conocimiento_geográfico|Representación cartográfica del conocimiento geográfico]]|subcapitulo=Sistema cartográfico nacional,Cartográfico Nacional}}
ETRS, Infraestructura {{ANENavegacionSubtemaAnterior|nombre subtema=[[Evolución de Información Geográfica la representación cartográfica de España, Planes de Producción de la Cartografía Oficial, UTM (Universal Tranverse Mercator),Equipamiento ]]}}{{ANENavegacionSubtemaSiguiente|nombre subtema=[[Instituto Geográfico de Referencia Nacional, Ley 7/1986, de 24 de enero, de Ordenación de la Cartografía, Registro Central de Cartografía, Plan Cartográfico Nacional, Real Decreto 1545]]}}<div style="clear: both;"> </2007, de 23 de noviembre, por el que se regula el Sistema Cartográfico Nacional, Ley 14/2010, de 5 de julio, sobre las infraestructuras y los servicios de información geográfica de España (LISIGE), Directiva 2007/2/CE (INSPIRE), Acuerdo del Consejo de Ministros, de 21 de junio, por el que se aprueba el segundo Plan Cartográfico Nacional 2017-2020, Planes de Producción de la Cartografía Oficial, Registro Central de Cartografía, Infraestructura de Información Geográfica de España,div>
Concepción Romera Sáez, Sebastián Mas Mayoral, Noelia Pérez Mayoral,[[Archivo:Espana_Instrumentos-del-Sistema-Cartografico-Nacional_2017_ilustracion_16740_spa.jpg|left|thumb|300px|Ilustración: ''Instrumentos del Sistema Cartográfico Nacional.'']]
Instrumentos del Sistema Cartográfico Nacional, Consejo Superior Geográfico |descripcion=Información sobre el El Sistema Cartográfico Nacional (SCN)es un modelo de actuación que permite el ejercicio eficaz de las funciones públicas relacionadas con la información geográfica, a través de la coordinación entre las distintas AA. PP. competentes en esta materia. Los principales objetivos del Consejo Superior Geográfico y del Plan Cartográfico Nacional elaborada SCN son: garantizar la homogeneidad de la información geográfica producida por los organismos públicos integrados en el Atlas Nacional sistema; promover la eficiencia en el uso de los recursos públicos, evitando duplicidades y dispersión de Españaesfuerzos entre las AA|url=http://atlasnacional PP.; asegurar la calidad de la producción cartográfica oficial y facilitar el acceso público a la información geográfica producida por las AA.ign PP.esEl SCN se regula inicialmente en el Real Decreto 1545/images2007, de 23 de noviembre, y se refuerza jurídicamente mediante la Ley 14/thumb/9/97/Espana_Instrumentos-2010 (LISIGE), que establece el marco legal para las infraestructuras de información geográfica.<br>Forman parte del SCN las entidades de la Administración General del Estado y del-Sistema-Cartografico-Nacional_2017_tabla_16740_spasector público estatal con competencias en la recogida, almacenamiento, tratamiento o difusión de la información geográfica.jpg/320px-Espana_Instrumentos-Por tanto, la normativa del-Sistema-Cartografico-Nacional_2017_tabla_16740_spaSCN es vinculante para estas entidades. Además, pueden integrarse de forma voluntaria en el SCN, mediante convenios, las entidades correspondientes de las comunidades autónomas, las ciudades con Estatuto de Autonomía y otras entidades locales. Desde su entrada en vigor, todas las comunidades autónomas, excepto Cataluña, se han integrado voluntariamente en el SCN, situación que se mantiene hasta 2025.jpg<br>
{{ANETextoAsociado
|titulo=Consejo Superior Geográfico
|contenido=
[[Archivo:Espana_Consejo-Superior-Geografico_2017_ilustracion_16741_spa.jpg|right|thumb|300px|Ilustración: ''Consejo Superior Geográfico.'']]
Es el órgano colegiado de dirección del Sisterma Cartográfico Nacional (SCN), adscrito al Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, que ejerce la función consultiva y de planificación general de la información geográfica y la cartografía oficial. Entre otras funciones tiene las de:<br>
*Informar las disposiciones que afecten al Sistema Cartográfico Nacional.<br>
*Proponer el Plan Cartográfico Nacional para su elevación al Consejo de Ministros.<br>
*Establecer los criterios de idoneidad de los productos y servicios cartográficos oficiales.<br>
*Proponer las normas de ejecución de la cartografía de las series nacionales.<br>
*Conciliar los posibles conflictos que surjan entre las Administraciones públicas integradas en el SCN.<br>
El Consejo Superior Geográfico está constituido por el Pleno, la Comisión Territorial (órgano de representación de las comunidades autónomas y la administración local), la Comisión Permanente con las Comisiones Especializadas (compuestas por expertos en las materias específicas de cada una de ellas), la Secretaría Técnica del IGN (realiza el ejercicio operativo y aplicación de las funciones del Consejo Superior Geográfico) y el Consejo Directivo de la Infraestructura de Información Geográfica de España definido en la LISIGE.<br>
}}
{{ANENavegacionSubcapitulo|seccion=[[Conocimiento_geográfico_y_cartografía|Conocimiento geográfico y cartografía]]|capitulo=[[Representación_cartográfica_del_conocimiento_geográfico|Representación cartográfica del conocimiento geográfico]]|subcapitulo=Para el cumplimiento de sus objetivos, el Sistema Cartográfico Nacional}}[[Archivo:Espana Instrumentos-dispone del-Sistema-Cartografico-Nacional 2017 tabla 16740 spa.jpg|thumb|Instrumentos del Sistema Cartográfico Nacional. 2017. España.]]El [http://www.scne.'''equipamiento geográfico de referencia nacional''', que es/inicio.html Sistema Cartográfico Nacional] (SCN) es el modelo de actuación coordinada en materia de información geográfica de los diferentes agentes de todas las administraciones públicas con competencias en dicha materia. Se pretende un ejercicio más eficaz y eficiente de estas funciones públicas. Fue establecido por el artículo 17.1 la base para la producción de la [https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2010-10707 Ley 14/2010 sobre las infraestructuras y los servicios de información geográfica oficial en España], siguiendo los postulados independientemente del productor y de la [https://www.boe.es/buscar/docescala de referencia.php?id=BOE-A-1986-2383 Ley 7/1986, de ordenación de la cartografía], y fue desarrollado Está constituido por el [httpslos siguientes elementos://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2007-20556 Real Decreto 1545/2007] que establece su regulación.<br>
El SCN asegura que toda *'''Sistema de Referencia Geodésico:''' regulado por el Real Decreto 1071/2007, de 27 de julio. Adopta el sistema ETRS89 (''European Terrestrial Reference System 1989'') como sistema de referencia geodésico oficial en España para la península ibérica y Baleares, y el sistema REGCAN 95 (Red Geodésica de Canarias 1995) para Canarias. La referencia de altitudes para la actividad cartográfica oficial pueda realizarse con criterios homogéneosPenínsula es el nivel medio del mar en Alicante, y para las islas Canarias y las islas Baleares, las referencias mareográficas locales correspondientes a través cada isla.<br>*'''Sistema Oficial de Coordenadas:''' se adopta el sistema ETRS-Transversa de Mercator para escalas mayores de 1:500 000, y el sistema ETRS-Cónica Conforme de una colaboración normalizada conforme Lambert para escalas menores o iguales a las directrices 1:500 000.<br>*'''Nomenclátor Geográfico Básico de España (NGBE):''' conformado por la Unión Europea, toponimia oficial a escala de referencia 1:25 000.<br>*'''Delimitaciones Territoriales inscritas en especial la Directiva [httpsel Registro Central de Cartografía://inspire.ec.europa.eu/ INSPIRE]''' incluye límites municipales, provinciales y autonómicos, fronteras nacionales terrestres y marítimas, línea de costa, líneas de base rectas, límites de manera que el producto resultante sea útil para todos los miembros la plataforma continental y límites del SCN y dominio público marítimo-terrestre.<br>*'''Inventario Nacional de Referencias Geográficas Municipales:''' recoge la Unión Europeasituación geográfica de cada entidad contenida en el Registro de Entidades Locales.<br>
El proceso de elaboración de la normativa que regula el SCN requirió un acuerdo pleno entre la Administración General del Estado y las administraciones autonómicas. Las directrices establecidas en dicha regulación son obligatorias para todos los agentes de la Administración General del Estado, mientras que las comunidades autónomas pueden participar libremente en el SCN mediante la firma de un convenio de integración en el que se especifican los contenidos del Real Decreto regulador del SCN que les resultan aplicables. En la [[:Archivo:Espana Instrumentos-del-Sistema-Cartografico-Nacional 2017 tabla 16740 spa.jpg|ilustración]] se relacionan los instrumentos del SCN establecidos en dicha normativa. Se mencionan a continuación algunas de las cuestiones más relevantes para cada uno de ellos.{{ANETextoAsociadoANETextoDestacado|titulo=Consejo Superior GeográficoLegislación de ámbito estatal vigente en 2025 sobre cartografía e información geográfica
|contenido=
<b style="background-color:#ffe3b2">1986</b> <u>[[Archivohttps:Espana_Consejo//www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-SuperiorA-1986-Geografico_2017_tabla_16741_spa2383 Ley 7/1986, de 24 de enero, de Ordenación de la Cartografía]</u>.jpg|left|thumb|Se crean el Registro Central de Cartografía y el Plan Cartográfico Nacional, y se delimitan el carácter y funciones del Consejo Superior Geográfico<br><b style="background-color:#ffe3b2">2007</b> <u>[https://www. 2017boe. Españaes/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2007-20556 Real Decreto 1545/2007, de 23 de noviembre, por el que se regula el Sistema Cartográfico Nacional]]El </u>. Regula las actividades de recogida, almacenamiento, tratamiento y difusión de información geográfica sobre el territorio nacional y su mar territorial, la zona contigua, la plataforma continental y la zona económica exclusiva, realizadas por las autoridades públicas a través del Sistema Cartográfico Nacional.<br><b style="background-color:#ffe3b2">2010</b> <u>[httphttps://www.ignboe.es/webbuscar/infoact.php?id=BOE-organosA-colegiados Consejo Superior Geográfico2010-10707 Ley 14/2010, de 5 de julio, sobre las infraestructuras y los servicios de información geográfica en España (LISIGE)] </u>. Incorpora al ordenamiento jurídico español la Directiva 2007/2/CE (CSGINSPIRE) es estableciendo la Infraestructura de Información Geográfica de España, que integra el órgano conjunto de infraestructuras y servicios interoperables de dirección del Sistema Cartográfico Nacional (SCN)información geográfica bajo responsabilidad de las Administraciones públicas españolas. Depende del <br><b style="background-color:#ffe3b2">2017</b> <u>[https://www.fomentolamoncloa.gob.es/geoinformacion Ministerio consejodeministros/referencias/Paginas/2017/refc20170721.aspx#PlanCarto Real Decreto 1071/2007, de Fomento27 de julio] y ejerce la función consultiva y </u>, por el que se regula el sistema geodésico de planificación referencia oficial en España. Establece los sistemas oficiales de la información geográfica referencia geodésico y la cartografía oficialaltimétrico en España.<br>}}
El [https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id{{ANEAutoria|Autores=BOE-A-2007-20556 Real Decreto 1545/2007, de 23 de noviembre, por el que se regula el SCN], ha actualizado su regulación y funcionamiento otorgándole capacidad para fijar los requisitos y especificaciones técnicas de idoneidad o criterios de homologación que deba satisfacer toda la producción cartográfica oficial; dirigir, controlar y potenciar el desarrollo de la Infraestructura de Información Geográfica; autorizar producciones distintas a las asignadas en el seno del SCN y arbitrar posibles conflictos entre sus integrantes, con destacada participación de las comunidades autónomas.Marcos Pavo López}}{{ANESubirArriba}}{{clear}}
El CSG se estructura según el esquema adjunto. El [https://www.fomento.es/organos-colegiados/mas-organos-colegiados/consejo-superior-geografico/csg/el-pleno Pleno] está constituido por diversos miembros que acuden en representación {{ANETextoEpigrafe|epigrafe=Planes de la Administración General del Estado, producción de las comunidades autónomas, ciudades con estatuto de autonomía y de las entidades locales. Estas tres últimas administraciones constituyen a su vez la [https://www.fomento.es/organos-colegiados/mas-organos-colegiados/consejo-superior-geografico/csg/la-comision-territorial Comisión Territorial]. El Pleno cuenta con un Comité Consultivo constituido por miembros procedentes de relevantes instituciones nacionales e internacionales en el ámbito de la cartografía.oficial
}}
{{ANESubirArriba}}
 
{{ANETextoDestacado25|titulo=Legislación en vigor sobre cartografía e información geográfica
|contenido=
<b style="background-color:#ffe3b2"><big>1986</big></b> <u>[https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1986-2383 Ley 7/1986, de 24 de enero, de Ordenación de la Cartografía.]</u>
Se crean El Plan Cartográfico Nacional (PCN) es el [http://wwwinstrumento que planifica la producción cartográfica oficial de la Administración General del Estado, en coordinación con los planes cartográficos autonómicos y locales. Su realización compete al Consejo Superior Geográfico (CSG), a través de la Comisión Especializada del Plan Cartográfico Nacional, previa consulta con los productores de cartografía oficial.ignAdemás, integra los distintos programas dentro del SCN.<br>El objetivo principal es/web/ign/portal/rcc-area-rcc Registro Central garantizar la producción y actualización de la Información Geográfica de Cartografía] Referencia y los Datos Temáticos Fundamentales, armonizando la información generada por las administraciones estatal, autonómica y local según la LISIGE. También busca asegurar el [http://wwwacceso a esta información a través de servicios de información geográfica interoperables.ignAdemás, prevé la creación de bases de datos topográficas y cartográficas y la planificación de la cartografía necesaria para la Administración General del Estado.es/web/info-organos-colegiados <br>Los planes cartográficos autonómicos o locales, de las entidades integradas en el Sistema Cartográfico Nacional, deben estar coordinados con el Plan Cartográfico Nacional], para garantizar la coherencia y compatibilidad de la información geográfica. Esta integración permite un desarrollo armonizado de la producción cartográfica en todo el territorio nacional.<br>El PCN tiene una vigencia de cuatro años, aunque puede revisarse si es necesario. Se desarrolla a través de Programas Operativos Anuales y se delimitan es aprobado por el carácter Consejo de Ministros a propuesta del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible y funciones del Consejo Superior Geográfico.La Comisión Especializada del PCN coordina su elaboración y revisión en colaboración con las administraciones autonómicas y locales.<br>No se incluye en el PCN aquella cartografía ya inscrita en el Registro Central de Cartografía, salvo que requiera actualización, revisión o el titular haya denegado su uso. Por otro lado, el Plan Cartográfico de las Fuerzas Armadas, elaborado por el Ministerio de Defensa, organiza la cartografía e información geográfica militar conforme a su normativa específica y en coordinación con el PCN.<br>
<b style{{ANEAutoria|Autores="background-color:#ffe3b2"><big>2007</big></b> <u>[https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2007-20556 Real Decreto 1545/2007, de 23 de noviembre, por el que se regula el Sistema Cartográfico Nacional.]</u>Marcos Pavo López}}{{ANESubirArriba}}{{clear}}
Regula las actividades {{ANETextoEpigrafe|epigrafe=Registro Central de recogida, almacenamiento, tratamiento y difusión de información geográfica sobre el territorio nacional y su mar territorial, la zona contigua, la plataforma continental y la zona económica exclusiva, realizadas por las autoridades públicas a través del Sistema Cartográfico Nacional.Cartografía}}
Es un registro gestionado por la Dirección General del Instituto Geográfico Nacional. Su principal función es garantizar la fiabilidad e interoperabilidad de los datos geográficos oficiales, facilitando su uso y acceso en distintos ámbitos administrativos y científicos.<b style="background-color:#ffe3b2"><big>2010</big></b> <ubr>Entre sus competencias se encuentran la inscripción de la cartografía oficial, la validación de las delimitaciones territoriales y la gestión del [https://www.boeign.es/buscarweb/act.php?id=BOErcc-Anomenclator-2010-10707 Ley 14/2010nacional Nomenclátor Geográfico Nacional]. Además, recopila, normaliza y difunde la toponimia oficial, asegurando la coherencia en la denominación de 5 lugares y territorios.<br>Como parte del Sistema Cartográfico Nacional (SCN), el RCC actúa como un instrumento de juliocoordinación entre administraciones, sobre las infraestructuras promoviendo la armonización de la información geográfica y evitando duplicidades en la producción cartográfica. Supervisa la actualización de los datos registrados y facilita su acceso mediante servicios digitales interoperables.<br>Asimismo, la inscripción en el RCC otorga validez oficial a la cartografía, garantizando su reconocimiento en procesos administrativos y legales. De esta manera, contribuye a la gestión eficiente del territorio y al desarrollo de políticas basadas en información geográfica de España (LISIGE)fiable y actualizada.]</ubr>
Incorpora al ordenamiento jurídico español la [https://boe.es/buscar/doc.php?id{{ANEAutoria|Autores=DOUE-L-2007-80587 Directiva 2007/2/CE (INSPIRE)] estableciendo la Infraestructura de Información Geográfica de España, que integra el conjunto de infraestructuras y servicios interoperables de información geográfica bajo responsabilidad de las administraciones públicas españolas.Marcos Pavo López}}{{ANESubirArriba}}<b style="background-color:#ffe3b2"><big>2017</big></b> <u>[http://www.lamoncloa.gob.es/consejodeministros/referencias/Paginas/2017/refc20170721.aspx#PlanCarto Acuerdo del Consejo de Ministros, de 21 de junio, por el que se aprueba el segundo Plan Cartográfico Nacional 2017-2020]</u>{{clear}}
Ordena la actividad {{ANETextoEpigrafe|epigrafe=Infraestructura de la Administración General del Estado en materia Información Geográfica de información geográfica y cartográfica.España
}}
* <u>'''[https://www.boe.es/buscar/pdf/2010/BOE-A-2010-10707-consolidado.pdf Equipamiento Geográfico de Referencia Nacional]'''</u>
Es La Infraestructura Nacional de Información Geográfica se establece mediante la base Ley 14/2010 (LISIGE), que define los principios y requisitos para su creación, funcionamiento y mantenimiento. Su objetivo es garantizar la producción accesibilidad, interoperabilidad y uso eficiente de la información geoespacial en la gestión del territorio y la toma de decisiones.<br>Se materializa en la Infraestructura de Datos Espaciales de España (IDEE), que integra toda la información geográfica oficial disponible. Esto incluye tanto el ámbito terrestre como el mar territorial, la zona contigua, la plataforma continental y la zona económica exclusiva. La IDEE agrupa datos de todas las AA. PP., asegurando su coherencia y compatibilidad a nivel nacional e internacional.<br>Uno de los pilares fundamentales de esta infraestructura es la interoperabilidad, que permite que los diferentes sistemas informáticos y conjuntos de datos trabajen de manera conjunta, facilitando el acceso y la reutilización de la información. Gracias a esto, administraciones, empresas, investigadores y ciudadanos pueden consultar y utilizar los datos geoespaciales sin restricciones, promoviendo su aplicación en Españaámbitos como la ordenación del territorio, el medio ambiente, independientemente del agente productor el transporte y la protección civil.<br>Además, la IDEE cumple con los estándares de la escala [https://www.ign.es/web/ide-area-nodo-ide-ign Directiva INSPIRE] de referencia la Unión Europea, asegurando que la información geográfica de España sea compatible con la de otros países europeos y fomentando la cooperación en el uso de datos espaciales.<br>Esta infraestructura es un elemento clave para la modernización de la gestión pública y el desarrollo de servicios digitales basados en información geográfica, favoreciendo una administración más eficiente, transparente y orientada a la ciudadanía. Está constituido por los siguientes elementos:<br>
- [https://www.boe.es/buscar/doc.php?id{{ANEAutoria|Autores=BOE-A-2007-15822 Sistema de Referencia Geodésico]Marcos Pavo López}}{{ANESubirArriba}}{{clear}}
- Sistema Oficial de Coordenadas{{ANEBibliografia|Texto=BIFOLCO, S. y RONCA, F. (2018) Cartografia e topografia italiana del XVI secolo. Catalogo ragionato delle opere a stampa. Roma. Antiquarius
- [httpBROECKE, M. van den (2011). Ortelius Atlas maps://wwwan illustrated Guide. Second revised edition. Houten.ignHes & De Graaf, 708 pp.es/web/rcc-nomenclator-nacional Nomenclátor Geográfico Básico de España]
CASAL, G. y FREIRE, J. (2012): Síntesis de la evolución histórica de la telede¬tección en España 1889- [http://www2012. Revista de Teledetección n.ignº 38, diciembre 2012, Asociación Española de Teledetección, pp.es/web/rcc109-info-delimitaciones Delimitaciones Territoriales inscritas en el Registro Central de Cartografía]120.
- Inventario Nacional CRESPO, A. (2013): Los Grandes Proyectos Cartográficos Nacionales en el siglo XVI. La representación del territorio en Castilla y León. Madrid, Centro Na¬cional de Referencias Geográficas MunicipalesInformación Geográfica.
El Sistema de Referencia Geodésico está constituido por las redes nacionales geodésicas y de nivelación. Proporciona la referencia geográfica precisa sobre la que se debe compilar toda la información geográfica y cartográfica oficial en el territorio español y permite una completa integración con la información de otros países europeos y con los sistemas de navegación por satélite. Está regulado por el Real Decreto 1071/2007, de 27 de julioHERNANDO, que adopta el sistema ''[https://wwwA.fomento.gob.es/organos-colegiados/consejo-superior-geografico/csg/etrs89/etrs89-nuevo-sistema-de-referencia-geodesico-oficial-en-espana/ ETRS89] (European Terrestrial Reference System 19891995)'' como sistema : El mapa de referencia geodésico oficial en España para la península ibérica y las islas Baleares. Siglos XV-XVIII. Madrid, y el sistema REGCAN 95 (Red Geodésica de Canarias 1995) en el ámbito de las islas Canarias. Como referencia de altitudes se prescriben los registros del nivel medio del mar en Alicante para la Península y las referencias mareográficas locales para cada una de las islas Centro Na¬cional de los dos archipiélagosInformación Geográfica.
El Sistema Oficial de Coordenadas se compone tanto de las coordenadas geográficas basadas en el Sistema de Referencia Geodésico adoptado como de las coordenadas planas del Sistema de Proyección ''UTM INSTITUTO GEOGRÁFICO NACIONAL (Universal Tranverse Mercator2021).'' Para Catálogo de la cartografía oficial terrestre (básica y derivada) se adopta el sistema de coordenadas ''ETRS-''Cónica Conforme de Lambert para escalas iguales o menores de 1:500exposición «150 años del Instituto Geográfico Nacional».000 y el sistema de referencia de coordenadas ''ETRS''-Transversa de Mercator para escalas mayores a la citadaMadrid. Para cartografía náutica se adopta la proyección MercatorInstituto Geográfico Nacional, 156 pp.
El Inventario Nacional LÓPEZ GÓMEZ, A. y MANSO PORTO, C. (2006): Cartografía del siglo XVIII. To¬más López en la Real Academia de Referencias Geográficas Municipales reflejará la situación geográfica de cada entidad local contenida en el [https://ssweb.seapHistoria.minhap.es/REL/ Registro Madrid, Real Academia de Entidades Locales]la Historia.
* <u>'''Planes MORENO, T. (2008): Breve crónica de Producción un siglo de la Cartografía Oficial'''</u>Catastro en España (1906- 2002). Revista CT Catastro n.º 63, agosto 2008, Dirección General del Ca¬tastro, pp. 31-59.
Cabe distinguir entre el [https://wwwMURO, J.fomentoI, et al.gob.es/organos-colegiados/consejo-superior-geografico/csg/plan-cartografico-nacional Plan Cartográfico Nacional] , (PCN1996): Geografía, estadística y otros planes cartográficos específicos de diferentes agentescatastro en España 1856-1870. Barcelona, tanto de la Administración General Ediciones del Estado (por ejemplo el Plan Cartográfico de las Fuerzas Armadas) como de las administraciones autonómicasSerbal.
El PCN es el instrumento NÚÑEZ DE LAS CUEVAS, R. (1991): Historia de planificación la Cartografía española. En: La Cartografía de la producción cartográfica oficial realizada por Península Ibérica i la Administración General del Estadoseva extensió al continent Americà (2on curs). El [https://wwwBarcelona, Institut Cartogràfic de Catalunya, pp.fomento.gob.es/organos153-colegiados/consejo-superior-geografico/csg Consejo Superior Geográfico] (otro instrumento del SCN) es el órgano colegiado encargado de la coordinación del PCN con los planes y programas de producción cartográfica de todas las administraciones públicas integradas en el SCN223.
Las funciones necesarias para la elaboraciónPEERLINGS, seguimiento R. H. J. y evaluación del PCNLAURENTIUS, la coordinación entre planesF. (2023) Berlinghieri's Geography Unveiled, la colaboración y cooperación entre agentes públicos y las necesarias vías de excepción se han contemplado en el SCN para asegurar la eficiencia, utilidad y actualización máximas acompañadas de una política de difusión libre de los productos cartográficos oficiales420 pp.
* <u>'''[httpPEREDA, F. y MARÍAS, F. (2009), eds.://wwwEl atlas del Rey Planeta. La descripción de España y de las costas y puertos de sus reinos de Pedro Texeira (1634).ign4ª ed., San Sebastián, Nerea.es/web/ic-registro-cartografico Registro Central de Cartografía]'''</u>
Es un órgano administrativo que garantiza la fiabilidad e interoperabilidad de los datos geográficos oficialesREGUERA, A. T. (2010): Los geógrafos del Rey. Permite la conexión telemática de los registros autonómicos, asegura el conocimiento Universidad de las características de la cartografía existente para evitar duplicidadesLeón, así como el registro de toda la cartografía oficial, las delimitaciones territoriales y la toponimia de todos los datos recogidos en la información geográfica oficial553 pp.
Está adscrito al SANZ HERMIDA, J. M. (2002) El mapa de España moderno del códice 2586 de la Biblioteca General de la Universidad de Salamanca. Actas del XIX Congreso Internacional de Historia de la Cartografía. Madrid. Ministerio de FomentoDefensa, a través del Instituto Geográfico Nacional2002.
* <u>'''Infraestructura SANZ HERMIDA, J. M. (2002) El mapa de Información Geográfica España de Enrique Cock. Salamanca 1581-1503 Una aventura cartográfica en la España'''</u>del siglo XVI. Salamanca, Caja Duero, 100 pp.
La [https://wwwSKELTON, R.boeA.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2010-10707 Ley 14/2010] (LISIGE1963) establece las normas mínimas para constituirClaudius Ptolemaeus. Cosmographia: Ulm 1482, operar y mantener una Infraestructura de Información Geográfica de Españawith an introduction by R. A. Se trata de la [http://wwwSkelton.ideeÁmsterdam.es/ Infraestructura de Datos Espaciales de España] (IDEE) que debe contener toda la información geográfica oficial disponible del país (tanto del ámbito terrestre como del mar territorial, la zona contigua, la plataforma continental y la zona económica exclusiva), independientemente de la administración pública que la produzca, asegurando la interoperabilidad de esa información y sistemas informáticos implicados y el libre acceso a cualquier usuarioTheatrum Orbis Terrarum.
{{ANETextoAsociado|titulo=Plan Cartográfico Nacional SKELTON, R. A. (PCN1966)|contenido=<li style="display: inline-block; vertical-align: text-top; width: 46%"><b>OBJETIVOS</b><br />*Planificar y asegurar la producción y actualización de la Información Geográfica de Referencia y Datos Temáticos Fundamentales, contemplados en la LISIGE, mediante la armonización e integración de la generada por las distintas instituciones, tanto de la Administración General del Estado como de las administraciones autonómicas y entidades locales, en desarrollo de sus competencias, de acuerdo con sus planes cartográficos y acuerdos mutuos de armonización e integraciónClaudius Ptolemaeus. Claudius Ptolemaeus. Geographia. Strassburg 1513. With an introduction by R. A. Skelton. Ámsterdam. También pretende asegurar el acceso a esta Información Geográfica de Referencia y Datos Temáticos Fundamentales mediante geoservicios interoperablesTheatrum Orbis Terrarum.<br />
*Planificar y asegurar la producción y actualización de los Datos Temáticos Generales SKELTON, R. A. (LISIGE1969)Geographia: Venice, para atender las necesidades de la Administración General del Estado, fundamentados y armonizados con la Información Geográfica de Referencia1511. With an introduction by R. A. Skelton. Ámsterdam. Asegurar el acceso a estos Datos Temáticos Generales mediante geoservicios interoperablesTheatrum Orbis Terrarum.<br />
*Planificar URTEAGA, J. L. y asegurar la producción de las [http://www.ignNADAL, F.es/web/cbg-area-cartografia Bases de Datos Topográficos] (que incorporen e integren los aspectos topográficos de la Información Geográfica de Referencia2001) y : Las series del mapa topográfico nacional de las [httpEs¬paña a escala 1://www50.ign000.es/web/cbg-area-cartografia Bases Madrid, Centro Nacional de Datos Cartográficos] derivadas de las anterioresInformación Geográfica.<br />
*Planificar la producción de la cartografía, basada en la Información Geográfica de Referencia, en los Datos Temáticos Fundamentales, en los Datos Temáticos Generales o en las Bases de Datos Topográficos, necesarios para las instituciones de la Administración General del Estado.<br /></li><li style="display: inline-block; vertical-align: text-top; width: 46%"><b>CARACTERÍSTICAS</b><br />*Instrumento para planificar la producción cartográfica oficial realizada por la Administración General del Estado.<br />}}
*Aunque su vigencia es cuatrienal, podrá ser revisado cuando se necesite. Se desarrolla en Programas Operativos Anuales.<br />{{ANESubirArriba}}
*Lo aprueba el Consejo de Ministros, al que es presentado por el ministro de Fomento, a propuesta del Consejo Superior Geográfico.<br />{{ANENavegacionSubtemaAnterior*La Comisión Especializada del PCN del Consejo Superior Geográfico, previa consulta con los productores de cartografía oficial, elabora la propuesta de aprobación o revisión del Plan. Se elabora normalizando los criterios de producción |nombre subtema=[[Evolución de la información geográfica oficial, en coordinación con las administraciones autonómicas y locales integradas en el SCN. Por ello, la Comisión Territorial informará también sobre dicha propuesta, y luego la Comisión Permanente la presentará al Pleno.<br /> *No podrá incluirse en el Plan la producción de cartografía ya inscrita en el Registro Central representación cartográfica de Cartografía, salvo que esta no reúna las necesarias condiciones de actualización, se pretenda su revisión o su titular haya denegado expresamente el permiso para su empleo.<br />España]]*El Plan Cartográfico de las Fuerzas Armadas incluirá la planificación de la cartografía e información geográfica militar y será elaborado por el Ministerio de Defensa conforme a su normativa específica, tomando en consideración el PCN.<br />}}{{ANENavegacionSubtemaSiguiente</li>|nombre subtema=[[Instituto Geográfico Nacional]]
}}
<div style="clear: both;"> </div>
{{ANEAutoriaANEDescargaPDFTemaAnterior|Autorescontenido= Concepción Romera Sáez, Sebastián Mas Mayoral, Noelia Pérez Mayoral}} {{ANEBibliografia}} {{ANESubirArriba[https://www.ign.es/web/resources/docs/IGNCnig/ANE/Capitulos/01_Representacioncartograficadelconocimientogeografico.pdf '''2019''']}}
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