1841
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- Las áreas protegidas por instrumentos internacionales. Son espacios naturales formalmente designados de conformidad con lo dispuesto en los convenios y acuerdos internacionales de los que España sea parte: sitios naturales de la lista del Patrimonio Mundial, Cultural y Natural; áreas protegidas del Convenio para la protección del medio ambiente marino del Atlántico del nordeste (OSPAR); Zonas Especialmente Protegidas de Importancia para el Mediterráneo (ZEPIM); geoparques; Reservas de la Biosfera; Humedales de Importancia Internacional (Convenio Ramsar); y Reservas Biogenéticas.