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{{ANEObra|palabrasclaveSerie=Conocimiento geográfico y cartografía, Representación cartográfica del conocimiento geográfico, Sistema Cartográfico Nacional, sección Compendios del Atlas Nacional, sección I, Legislación de España|Logo=[[Archivo:Logo_Compendio.jpg|left|60x50px|link=]]|Título=España en vigor sobre cartografía e información mapas|Subtítulo=Una síntesis geográfica, Plan Cartográfico Nacional (PCN),|Año=2025|Contenido=Actualizado}}
{{ANENavegacionSubcapitulo|seccion=[[Conocimiento_geográfico_y_cartografía|Conocimiento geográfico y cartografía]]|capitulo=[[Representación_cartográfica_del_conocimiento_geográfico|Representación cartográfica del conocimiento geográfico]]|subcapitulo=Sistema cartográfico nacional,Cartográfico Nacional}}
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{{ANENavegacionSubcapitulo|seccion=[[Conocimiento_geográfico_y_cartografía|Conocimiento geográfico y cartografía]]|capitulo=[[Representación_cartográfica_del_conocimiento_geográfico|Representación cartográfica del conocimiento geográfico]]|subcapitulo=Sistema Cartográfico Nacional}}ANETextoAsociado[[Archivo:Espana Instrumentos-del-Sistema-Cartografico-Nacional 2017 tabla 16740 spa.jpg|thumb|Instrumentos del Sistema Cartográfico Nacional. 2017. España.]]El [http://www.scne.es/inicio.html Sistema Cartográfico Nacional] (SCN) es el modelo de actuación coordinada en materia de información geográfica de los diferentes agentes de todas las administraciones públicas con competencias en dicha materia. Se pretende un ejercicio más eficaz y eficiente de estas funciones públicas. Fue establecido por el artículo 17.1 de la [https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2010-10707 Ley 14/2010 sobre las infraestructuras y los servicios de información geográfica en España], siguiendo los postulados de la [https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1986-2383 Ley 7/1986, de ordenación de la cartografía], y fue desarrollado por el [https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2007-20556 Real Decreto 1545/2007] que establece su regulación. El SCN asegura que toda la actividad cartográfica oficial pueda realizarse con criterios homogéneos, a través de una colaboración normalizada conforme a las directrices de la Unión Europea, en especial la Directiva [https://inspire.ec.europa.eu/ INSPIRE], de manera que el producto resultante sea útil para todos los miembros del SCN y de la Unión Europea. El proceso de elaboración de la normativa que regula el SCN requirió un acuerdo pleno entre la Administración General del Estado y las administraciones autonómicas. Las directrices establecidas en dicha regulación son obligatorias para todos los agentes de la Administración General del Estado, mientras que las comunidades autónomas pueden participar libremente en el SCN mediante la firma de un convenio de integración en el que se especifican los contenidos del Real Decreto regulador del SCN que les resultan aplicables. En la [[:Archivo:Espana Instrumentos-del-Sistema-Cartografico-Nacional 2017 tabla 16740 spa.jpg|ilustración]] se relacionan los instrumentos del SCN establecidos en dicha normativa. Se mencionan a continuación algunas de las cuestiones más relevantes para cada uno de ellos.{{ANETextoAsociado|titulo=Consejo Superior GeográficoXXX
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[[Archivo:Espana_Consejo-Superior-Geografico_2017_tabla_16741_spaEnelaboracion.jpg|leftright|thumb|Consejo Superior Geográfico. 2017. España.]]El [http://www.ign.es/web/info-organos-colegiados Consejo Superior Geográfico300px|XXX] (CSG) es el órgano de dirección del Sistema Cartográfico Nacional (SCN). Depende del [https://www.fomento.gob.es/geoinformacion Ministerio de Fomento] y ejerce la función consultiva y de planificación de la información geográfica y la cartografía oficial. El [https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2007-20556 Real Decreto 1545/2007, de 23 de noviembre, por el que se regula el SCN], ha actualizado su regulación y funcionamiento otorgándole capacidad para fijar los requisitos y especificaciones técnicas de idoneidad o criterios de homologación que deba satisfacer toda la producción cartográfica oficial; dirigir, controlar y potenciar el desarrollo de la Infraestructura de Información Geográfica; autorizar producciones distintas a las asignadas en el seno del SCN y arbitrar posibles conflictos entre sus integrantes, con destacada participación de las comunidades autónomas. El CSG se estructura según el esquema adjunto. El [https://www.fomento.es/organos-colegiados/mas-organos-colegiados/consejo-superior-geografico/csg/el-pleno Pleno] está constituido por diversos miembros que acuden en representación de la Administración General del Estado, de las comunidades autónomas, ciudades con estatuto de autonomía y de las entidades locales. Estas tres últimas administraciones constituyen a su vez la [https://www.fomento.es/organos-colegiados/mas-organos-colegiados/consejo-superior-geografico/csg/la-comision-territorial Comisión Territorial]. El Pleno cuenta con un Comité Consultivo constituido por miembros procedentes de relevantes instituciones nacionales e internacionales en el ámbito de la cartografíaXXX.<br>
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{{ANETextoDestacado25|titulo=Legislación en vigor sobre cartografía e información geográficaANEAutoria|contenido=<b styleAutores="background-color:#ffe3b2"><big>1986</big></b> <u>[https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1986-2383 Ley 7/1986, de 24 de enero, de Ordenación de la Cartografía.]</u> Se crean el [http://www.ign.es/web/ign/portal/rcc-area-rcc Registro Central de Cartografía] y el [http://www.ign.es/web/info-organos-colegiados Plan Cartográfico Nacional], y se delimitan el carácter y funciones del Consejo Superior Geográfico. <b style="background-color:#ffe3b2"><big>2007</big></b> <u>[https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2007-20556 Real Decreto 1545/2007, de 23 de noviembre, por el que se regula el Sistema Cartográfico Nacional.]</u> Regula las actividades de recogida, almacenamiento, tratamiento y difusión de información geográfica sobre el territorio nacional y su mar territorial, la zona contigua, la plataforma continental y la zona económica exclusiva, realizadas por las autoridades públicas a través del Sistema Cartográfico Nacional. <b style="background-color:#ffe3b2"><big>2010</big></b> <u>[https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2010-10707 Ley 14/2010, de 5 de julio, sobre las infraestructuras y los servicios de información geográfica de España (LISIGE).]</u> Incorpora al ordenamiento jurídico español la [https://boe.es/buscar/doc.php?id=DOUE-L-2007-80587 Directiva 2007/2/CE (INSPIRE)] estableciendo la Infraestructura de Información Geográfica de España, que integra el conjunto de infraestructuras y servicios interoperables de información geográfica bajo responsabilidad de las administraciones públicas españolas. <b style="background-color:#ffe3b2"><big>2017</big></b> <u>[http://www.lamoncloa.gob.es/consejodeministros/referencias/Paginas/2017/refc20170721.aspx#PlanCarto Acuerdo del Consejo de Ministros, de 21 de junio, por el que se aprueba el segundo Plan Cartográfico Nacional 2017-2020]</u> Ordena la actividad de la Administración General del Estado en materia de información geográfica y cartográfica.XXX
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<li style="display: inline-block; vertical-align: text-top; width: 46%"><b>CARACTERÍSTICAS</b><br /ul>*Instrumento para planificar la producción cartográfica oficial realizada por la Administración General del Estado.<br /div>
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{{ANEAutoriaANEDescargaPDFTemaAnterior|Autorescontenido= Concepción Romera Sáez, Sebastián Mas Mayoral, Noelia Pérez Mayoral}} {{ANEBibliografia}} {{ANESubirArriba[https://www.ign.es/web/resources/docs/IGNCnig/ANE/Capitulos/01_Representacioncartograficadelconocimientogeografico.pdf '''2019''']}}
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